‘SEAT FESTIVAL – CLÁSICOS & FAMILIA’ DEL 2019, CIRCUIT RICARDO TORMO (VALENCIA)

El DECRETO LEY 33/2020, DE 30 DE SEPTIEMBRE, ESTABLECE UN NUEVO SISTEMA DE CÁLCULO DEL IMPORTE DEL PAGO POR LAS EMISIONES DE CO2 DE MOTOS Y FURGONETAS, ANULA EL COBRO DE DICHO IMPUESTO DEL AÑO 2019 Y RECOGE LAS BONIFICACIONES PARA VEHÍCULOS CLÁSICOS SOLICITADAS POR LOS AFICIONADOS PARA EL DE 2020

12.10.2020.- Nos congratula informar que las conversaciones mantenidas con el Gobierno de Cataluña han dado como resultado un reconocimiento del esfuerzo de los aficionados por mantener el Patrimonio de Automoción, y del duro castigo que a dicho patrimonio le suponía la aplicación del Decreto Ley 14/2020 de 28 de abril de emisiones de CO2 para los aficionados catalanes.

En este sentido, el Gobierno de la Generalitat de Cataluña ha aprobado un nuevo Decreto Ley 33/2020 de 30 de septiembre en el que, entre otras medidas destinadas a paliar los daños económicos causados por la pandemia del Covid 19, se recogen muchas de las reivindicaciones de las federaciones Catalana y Española.

En el proceso de las negociaciones –capitaneadas por el presidente de la Federación Catalana – FEVA y FCVH han trabajado codo con codo para hacer frente al grave problema planteado con la promulgación del citado Decreto Ley. El resultado es muy satisfactorio, y supone un hito que esperamos repetir ante el resto de administraciones españolas, demostrando la sensibilidad de la Administración catalana ante la protección de nuestro Patrimonio Cultural Automovilístico.

En resumen, el nuevo decreto ley establece un nuevo sistema de cálculo mucho más favorable para el importe del pago por las emisiones de CO2 de motos y furgonetas, anula el cobro de dicho Impuesto del año 2019 y, lo que es más importante, recoge las bonificaciones para vehículos clásicos solicitadas por los aficionados para el de 2020 (cabe recordar que los que cuentan con matrícula histórica ya contaban con la bonificación). En la disposición 3 de este Decreto Ley se establece que son vehículos clásicos todos aquellos que cuenten con un mínimo de 30 años, de un modelo que cuya producción haya cesado, y se encuentre en correcto estado conservación desde un punto de vista histórico, sin que se hayan modificado de forma sustancial las características técnicas de sus componentes principales.

Los propietarios habrán de presentar, para lograr la bonificación, un Certificado de idoneidad emitido por un Club o Asociación a la que aportará los siguientes documentos:

  • Permiso de Circulación, salvo que carezca de él por estar expuesto en un museo.
  • Fotografías actuales del exterior, interior y motor.
  • Documento acreditativo del cumplimiento de los requisitos firmado por un responsable de la inspección ocular de un club de cualquier punto de la geografía española, al que pertenezca el propietario del vehículo.

Este certificado debe ser validado por la Federació Catalana de Vehicles Histórics, previamente a la presentación a la administración tributaria y tendrá validez por un periodo de diez años, o hasta el cambio de titularidad del vehículo.

Fuente: FEVA

Fotografías: FEVA y Archivo Clásicos al Volante

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