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  • EL CAAV CELEBRÓ UNA CHARLA SOBRE LAS REFORMAS NORMATIVAS QUE, EN BREVE, AFECTARÁN A LOS VEHÍCULOS HISTÓRICOS EN LO RELATIVO A LA ITV EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
  • LA MISMA FUE IMPARTIDA POR ESPECIALISTAS DE LABORATORIOS ACREDITADOS LEVANTE CLASSICS Y CUSTOM HOMOLOGACIONES
  • LA ASISTENCIA FUE DESTACADA, CONTÁNDOSE CON REPRESENTANTES DE LOS PRINCIPALES CLUBES DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS VALENCIANOS

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Valencia, 12 de junio de 2017.- El Club de Automóviles Antiguos de Valencia inauguró el pasado jueves, día 8 de junio, un nuevo ciclo de conferencias sobre temas relacionados con el vehículo histórico y de colección con una de especial interés: “La nueva normativa de ITV en vehículos históricos”.  La misma fue impartida por los conocidos profesionales  Emilio Iribarren Navarro y Emilio Iribarren María, del laboratorio acreditado Levante Classics y Bernardo Tórtola, de Custom Homologaciones (fotografía de cabecera).

Ante una audiencia de una veintena de aficionados, socios y representantes de los principales clubes de vehículos clásicos e históricos valencianos, los ponentes –tras una breve presentación a cargo de Javier Peláez, en nombre del CAAV-, repasaron las principales novedades que para los aficionados representará la entrada en vigor el próximo día 15 de los “Acuerdos adoptados por el grupo de trabajo en materia de vehículos históricos entre los representantes de las CC.AA. y AECA-ITV”.

Tras repasarse los hitos más significados en las negociaciones que han cristalizado en los citados acuerdos, y analizar la postura adoptada por la FEVA al respecto, muy crítica sobre la posición de los laboratorios acreditados, los ponentes entraron a analizar punto por punto los aspectos más destacados de los mismos:

Validez de los acuerdos adoptados

Un tema especialmente importante es que estos acuerdos no necesitarán estar ratificados de modo unánime por todas las Comunidades Autónomas, por lo que no tendrán carácter vinculante en todas,  pudiendo esto generar problemas de inseguridad jurídica y agravios comparativos entre unas y otras. En este sentido, se citan los casos de Aragón y Cataluña como Comunidades Autónomas especialmente restrictivas en esta materia.

Incremento de la edad mínima para matricular un vehículo como histórico

Uno de los asuntos más importantes, el incremento de la edad de 25 a 30 años para matricular un vehículo como histórico, centró una parte importante de la jornada, destacándose que aún no se ha publicado la norma que trasponga a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva europea 2014/45/UE. Se espera que la publicación en el BOE del nuevo Manual de ITV, que transpone dicha norma, se produzca el próximo mes de agosto. Es importante señalar que esto no entrará en vigor hasta que no se publique la correspondiente norma, que además establecerá un año de vacatio legis hasta su efectiva entrada en vigor. Los lectores interesasos pueden descargarse aquí el, hasta ahora, vigente Manual de ITV.

Legalización de reformas

En cuanto a las reformas, reguladas en los respectivos Manuales de ITV y Manual de Reformas, en los vehículos previas a la catalogación, sólo se permitirán si están realizadas en la época y tienen la antigüedad que marca el Reglamento de Vehículos Históricos vigente y, además, eran típicas y habituales en ese momento.  Tema que suscitó varias intervenciones es el relacionado con la prohibición de circular que afecta a los vehículos de competición.

También se permitirán admitir modificaciones realizadas posteriores a la época sobre elementos fungibles (tales como neumáticos, carrocerías en vehículos industriales, alumbrado,..), siempre que no modifiquen de forma sustancial las características técnicas de sus principales componentes. Serán sustituidas por reproducciones o equivalencias que deberán estar identificadas en el informe del laboratorio. Una vez catalogado como histórico no se admiten reformas.

Igualmente, se comentó la posibilidad de efectuar reformas mediante la incorporación o sustitución de piezas consideradas como recambios y que no se contemplan en las fichas técnicas o de ITV;  todo aquello que altera dichas fichas tendrán la consideración de reforma y se someterán al régimen previsto.

Se llega a la conclusión de que las reformas van a ser un gran “cajón de sastre”,  donde el criterio de los laboratorios va a ser especialmente importante.

Plazo para matricular un vehículo tras su catalogación como histórico

El propietario dispone de un plazo de 6 meses para matricular el vehículo como histórico tras la resolución de catalogación como tal. Hasta  ahora, el plazo era de 1 año. Se destaca que los informes emitidos por los laboratorios acreditados son preceptivos para la emisión de la correspondiente resolución de catalogación, pero no son vinculantes. Igualmente se hizo hincapié en la consideración de los mismos como entidades relacionadas con los vehículos históricos, pero que no se determine con detalle el grado de competencias o responsabilidades que afectan a otros agentes igualmente implicados, como clubes o ingenierías.

Validez de las resoluciones de catalogación como histórico

Las resoluciones emitidas por una Comunidad Autónoma tienen validez en el resto de comunidades autónomas, salvo que se limite por la Comunidad Autónoma  de origen.

Matriculación en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico

Se permite la matriculación en cualquiera de las Jefaturas Provinciales de Tráfico del territorio nacional.

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Frecuencia de las inspecciones periódicas de los vehículos históricos

Para todos los vehículos los plazos de las inspecciones serán los siguientes:

  • Antigüedad ≤40 años – frecuencia bienal.
  • 40 años <antigüedad≤ 46 años – frecuencia trienal.
  • +46 años – frecuencia cuatrienal.

Desaparece el plazo de cinco años existente hasta ahora para los vehículos más antiguos. Se destaca que los vehículos utilizados para ser alquilados con conductor, se someterán al plazo de ITV establecido para este tipo de vehículos.

Limitaciones a la circulación

Las limitaciones a la circulación del vehículo tendrán en cuenta los siguientes puntos:

  • Los vehículos históricos no se podrán utilizar para actividades industriales, actividades comerciales, actividades agrícolas o forestales y para el transporte de cargas o mercancías. Caso excepcional es el uso de vehículos históricos utilizados para alquiler con conductor, contemplado expresamente por la normativa fiscal.
  • Se limitarán las plazas de asiento en autocaravanas y vehículos vivienda, que tendrán como máximo 2 plazas, incluido el conductor. Se debate sobre la incongruencia que supone limitar las plazas en un vehículo cuando se matricula como histórico y que esto no ocurra si la matriculación sigue el procedimiento ordinario.
  • En el resto de vehículos, el número máximo de plazas será de 5, incluido el conductor.
  • No se permite el uso de asientos en sentido perpendicular a la marcha.

Posteriormente se abrió un turno de debate, donde se trataron diferentes cuestiones, como la hostilidad que se percibe desde ciertas administraciones locales hacia los vehículos históricos, la aplicación retroactiva o no de estas exenciones, la progresiva desaparición de las exenciones fiscales que se disfrutan o la aplicación de la figura de la descatalogación de un vehículo como histórico.

Federación de Clubes y Entidades de Vehículos Clásicos y Antiguos de la Comunidad Valenciana

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Finalmente,  Juan Inigo, editor de Clásicos al Volante, comentó a los presentes que lo principales clubes de vehículos clásicos de la Comunidad Valenciana han iniciado los trámites para crear una “Federación de Clubes y Entidades de Vehículos Clásicos y Antiguos de la Comunidad Valenciana “, tras la reunión que mantuvieron el 11 de mayo de 2017 en la sede social del Club de Vehículos Históricos de Valencia (fotografía superior). Se anima a todos los clubes de Valencia, Castellón y Alicante que aún no lo hayan hecho, que contacten con los promotores para ser incluidos en los grupos de trabajo. Para ello, pueden contactar a través del teléfono 615 45 15 12 (Whatsapp).

El objeto de la misma es representar de manera unitaria a los aficionados al vehículo histórico y de colección de la Comunidad Valenciana de cara a la opinión pública y en las mesas de debate que correspondan,  participar en la toma de decisiones y ser considerada como interlocutor válido frente a la administración en los asuntos que les afecten.

Fuente: Juan Inigo Ros

Fotografías: Archivo Clásicos al Volante y CAAV

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