EL RACVN MANIFIESTA SU OPINIÓN SOBRE ASPECTOS DESTACADOS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN
11 de febrero e 2015.- El Reglamento General de Circulación es una herramienta fundamental para todos los actores que conforman la convivencia cuando circulamos, sea como automovilista, ciclista o peatón. Los cambios sociales y tecnológicos, el considerable aumento del uso de la bicicleta en ciudades y la adaptación de leyes supranacionales hacen necesaria la armonización de esa compleja convivencia de manera periódica. El Nuevo Reglamento era por tanto necesario.
Todavía se darán algunos cambios de la propuesta durante la tramitación parlamentaria, pero ya podemos conformar una opinión sobre los aspectos más importantes.
AUMENTO DE VELOCIDAD A 130 KM/H EN AUTOVÍAS Y AUTOPISTAS
El Nuevo Reglamento establece la posibilidad de aumentar la velocidad en autovías y autopistas a 130 km/h en determinadas zonas.
El RAC Vasco Navarro ha manifestado reiteradamente su postura a favor de aumentar la velocidad en vías rápidas a 130 km/h siempre que las circunstancias lo permitan y que las condiciones de la vía se encuentren en perfectas condiciones. La mejora de la seguridad y la disminución de las emisiones de CO2 de los vehículos nuevos así lo permiten. Coincidimos con la DGT en que se tienen que tomar en consideración los resultados de accidentalidad del primer año, pero la posible necesidad de hacer cambios en la señalización en ningún caso debe provocar un aumento impositivo para los automovilistas.
NUEVOS LÍMITES EN CARRETERAS CONVENCIONALES
Se reduce la velocidad máxima en carreteras convencionales con una anchura de 6,5 metros o más, de 100 a 90 km/h. En las de anchura inferior a los 6,5 m con marcas de separación para ambos sentidos se reduce hasta los 70 km/h y si estas marcas no existen se reduce aún más, hasta los 50 km/h.
En las carreteras de 2º orden y vías en general, cuando se puso en marcha el Carnet por Puntos se habló de que muchos de los límites de velocidad no eran correctos y que habría que realizar un trabajo de revisión de todos los límites de velocidad, al alza o a la baja, pero no se hizo. Es difícil que la Administración revise al alza las velocidades. La revisión actual a la baja se hace de manera genérica, por definición de tipos y anchuras.
TRÁFICO URBANO
La potenciación del uso de la bicicleta y la reducción de la siniestralidad en los cascos urbanos son objetivos que tendrán como aliada la introducción del límite de velocidad a 30 km/h en muchas calles. Es básica la regla en función de la cual el fallecimiento del peatón se produce en función de la velocidad del vehículo de motor. La Directora de la DGT aclara que las bicicletas no podrán circular a mayor velocidad que los peatones en aceras y lugares de prioridad peatonal.
El RACVN ha dejado clara su postura respecto a la convivencia entre vehículos, peatones y bicicletas en las ciudades (así se manifestó en el último Encuentro con la Movilidad de Bilbao). Las Zonas 30, la Ciudad 30, debe ser el espacio de encuentro, de respeto, entre todos los agentes, teniendo en cuenta que el peatón es siempre el más débil. Se tienen que priorizar las actuaciones de las autoridades municipales de tráfico, que son las responsables legales de la circulación en ciudad, pero las opiniones y consejos de la DGT se deben escuchar con atención. En la propuesta del Nuevo Reglamento General de Circulación se dan coincidencias claras con los resultados del Encuentro con la Movilidad. También nos manifestamos a favor de que las bicicletas no circulen a mayor velocidad que los peatones en los lugares indicados.
Todo tiene que revertir además en una mejora medioambiental.
LIMITACIONES VELOCIDAD A LOS PEATONES
Se ha producido un debate profundo a raíz del informe del Consejo de Estado que se mostraba en contra de la posible limitación de velocidad de peatones (pensando sobre todo en la multiplicación de los corredores de running) y de un posible control de drogas y alcohol. Pero la Directora General de la DGT indicó que se había producido «un mal uso de una frase del informe».
María Seguí ha declarado que no es exacto que se quiera poner una limitación indiscriminada de la velocidad de los peatones ni la proliferación de controles de drogas y alcohol.
Pero Seguí recordó que «En España fallecieron el año pasado 370 personas como peatones y el 51% presentaron niveles de alcohol o drogas en sangre». Sea como sea, en los reglamentos anteriores de 1992 y 2003 ya se hacía referencia a aspectos relacionados con los peatones en determinados casos.
El RAC Vasco Navarro está de acuerdo con que se estudie algún tipo de control de la velocidad y movimiento en determinados casos de los llamados corredores de «running», cada vez más presentes en las ciudades, y en muchos casos aislados del tráfico por el uso de cascos de música.
Como recuerda la DGT, 370 peatones fallecieron en 2014, una cifra que debe ser reducida. Además, está acreditado el elevado número de reclamaciones como consecuencia de accidentes en los que han estado involucrados peatones.
Se dan casos en los que un peatón haciendo “running” entra abruptamente en la calzada para sorpresa de conductores, ciclistas o incluso otros peatones y provoca algún accidente, en el que puede ser además el mayor perjudicado.
ASPECTOS CONCRETOS DE LA CIRCULACIÓN DE BICICLETAS
La bicicleta gana protagonismo en la vía urbana, pasando a ser un vehículo más de la calzada, pero con aspectos que mejoran su seguridad, y permitiendo a la autoridad municipal regular, atendiendo a las peculiaridades de su infraestructura urbana, la coexistencia con peatones en aquellos lugares que no cuentan con carriles específicos para su circulación. Aspecto a resaltar es que se introduce la obligatoriedad de uso de casco para los ciclistas menores de dieciséis años en todo tipo de vía y sin excepciones, como elemento de protección coherente con el objetivo de hacer posible que las bicicletas circulen por la calzada de las vías urbanas en un contexto de seguridad.
El RACVN está a favor de la utilización del casco en las bicicletas pero no comparte la utilización obligatoria únicamente para los menores de 16 años. El club está a favor de la utilización del casco para todos los ciclistas de cualquier edad y en todas las vías.
CINTURONES DE SEGURIDAD
Por lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención homologados, lo más importante es poder disponer de una normativa avanzada con el objetivo de que ningún ocupante de un vehículo a motor quede sin protección en ninguna situación. Además, se aprovecha esta modificación 5 para incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva de ejecución 2014/37/UE, de la Comisión, de 27 de febrero de 2014, por la que se modifica la Directiva 91/671/CEE del Consejo, relativa al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos.
Todo lo que sea proteger al conductor y pasajeros tiene que ser bienvenido, y estamos a favor de que se estudie eliminar algunas de las exenciones actuales, sobre todo si atiende a normativa europea.
SOBRE EL SERVICIO DE GRÚAS
La reforma toma en consideración el nuevo servicio de auxilio en carretera para vehículos grúa, establecido en la modificación de los anexos del Reglamento General de Vehículos operada a través de la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero. Se trata de especializar y singularizar a aquellos que realizan operaciones de rescate de vehículos accidentados o averiados, diferenciándolos de aquellos otros que se limitan a transportar vehículos. Sólo los primeros deben actuar en la vía, al contar con todos los elementos necesarios para realizar la actividad de rescate de vehículos en las máximas condiciones de seguridad.
Como entidad al servicio del automovilista, con flota de vehículos de Asistencia especializada, cumple con todas las normativas de atención en carretera y colabora con los servicios de emergencia; es evidente su apoyo a la nueva normativa.
INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS EN DETERMINADOS CASOS
Se elimina la obligatoriedad de que el vehículo tenga que volver a pasar inspección técnica en casos de deterioro, extravío o sustracción del permiso o la licencia de circulación. Con ello se suprime una carga innecesaria para los ciudadanos, y que ha sido fuente de reiteradas quejas.
Apoyo a esta propuesta.
TARJETA ITV ELECTRÓNICA
Se introduce la obligatoriedad de que la tarjeta de inspección técnica sea en soporte electrónico para las que son de tipo B, y con ello se avanza de forma decidida en que el procedimiento administrativo de matriculación de los vehículos pueda realizarse de forma electrónica.
En nuestros tiempos es lógico que se introduzca el soporte electrónico para la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos.
COMPETICIONES DE VELOCIDAD EN VÍAS PÚBLICAS
“Se prohíbe entablar competiciones de velocidad en las vías públicas o de uso público, salvo en casos excepcionales en que se hubieran acotado por la autoridad competente. Las infracciones de este precepto tendrán la consideración de muy graves, sin perjuicio de las medidas que adopten los agentes de tráfico para suspender o interrumpir las pruebas deportivas, marchas o eventos no autorizados.»
Las competiciones de velocidad deben cumplir con las normativas más exigentes y solo entidades con gran experiencia y con el reconocimiento de las autoridades legales y automovilísticas nacionales e internacionales pueden organizarlas.
Texto y fotografía: Real Automóvil Club Vasco Navarro