RAÚ ARANDA (PRESIDENTE DE FEVA) Y MIGUEL ASENSIO (SOCIO DIRECTOR DE PYRAMID-CONSULTING)

GRACIAS A LAS GESTIONES LLEVADAS A CABO POR FEVA, HAN QUEDADO BONIFICADOS AL 100% DEL TRIBUTO LOS VEHÍCULOS CON MATRÍCULA HISTÓRICA, PERO ESTOS SOLO REPRESENTAN EL 23% DEL PARQUE DE CLÁSICOS

3.6.2020.- La Ley de Cambio Climático de Cataluña ha situado al vehículo de colección de dicha región en una situación imposible; muchos de los coleccionistas y museos se enfrentan al pago de cantidades exorbitantes en cuanto a este nuevo Impuesto sobre emisiones, mientras que para la mayoría de los aficionados de a pie dicha exacción es, cuanto menos, abusiva y difícil de satisfacer, no hablemos ya de los Museos, cuyas nutridas colecciones los colocan en la peor situación. Gracias a las gestiones llevadas a cabo por FEVA, han quedado bonificados al 100% del tributo los vehículos con matrícula histórica, pero estos solo representan el 23% del parque de clásicos según se desprende del estudio de Movilidad desarrollado por la Federación en 2019. El grueso de nuestro Patrimonio queda, por tanto, expuesto.

¿Cómo se ha llegado a ello?. Los legisladores han elaborado un tributo sobre las emisiones de dióxido de carbono con un cálculo difícil de comprender aplicado a los clásicos, y que mediante unas fórmulas en las que intervienen la antigüedad del vehículo, su cilindrada, peso y otros elementos, que multiplicados por unos coeficientes predeterminados, arrojan unas cantidades que podemos calificar de incoherentes, empeorando la situación a medida que la edad del vehículo se incrementa. Para poner negro sobre blanco (o sea, en euros) este desatino, un SEAT 600 de 1964 pagará 128 euros anuales – algo más que un SEAT León FR del 2019 – dándose la paradoja de que también tributará más que un SEAT 600 de 1970, aún siendo muy similares y contar con un consumo prácticamente igual. Todo ello obviando el segundo factor que interviene en las emisiones: el uso. Porque el Estudio de movilidad realizado por FEVA este mismo año ha venido a demostrar lo que era notorio: los vehículos clásicos apenas circulan, y por tanto su incidencia en la contaminación es insignificante. Afirmación que es cada vez más cierta cuanto más antiguo es el coche, moto, tractor o autobús, justo al revés que el algoritmo que calcula el importe a pagar según el Ley de Cambio climático. Por poner un ejemplo, un Hispano Suiza 15/20 (cilindrada media baja para la época) de 1907 deberá tributar nada menos que 461 euros al año, a pesar de que, como pueden suponer los lectores, las ocasiones en las que un coche de estas características sale a carretera son contadísimas y en trayectos muy cortos.

Y para rematar el atropello contra el Patrimonio cultural automovilístico, al que se enfrentan los coleccionistas catalanes, ni siquiera les quedan fuera del tributo los vehículos en baja temporal, ya que si nos ceñimos al pie de la letra al texto de la ley (Artículo 41, punto 2), aquellos vehículos que estén de baja temporal también están obligados a tributar salvo que la baja esté ocasionada por la sustracción de dicho vehículo. Por tanto, las restauraciones que se alargan y que pueden entrar en esta casuística, o los vehículos inmóviles en museos, por poner otro ejemplo, también parecen emitir gases de efecto invernadero, acción gravada por el hecho imponible del impuesto.

Ante esta complicada situación FEVA ha decidido acudir en defensa de los aficionados de Cataluña y del riquísimo Patrimonio de Automoción que esta comunidad alberga, recurriendo para ello a los Tribunales de Justicia. A tal fin, el 27 de mayo ha firmado un acuerdo con la empresa Pyramid Consulting, un prestigioso bufete legal especializado, con el que se ha trazado una estrategia con varias líneas de actuación. Estas líneas tendrán distinto alcance, y van desde la negociación directa con la Generalitat; y el recurso a la misma ley, hasta la defensa de los aficionados como grupo, presentando para ello los recursos que sean necesarios, todo con el objeto de que la Administración catalana pueda distinguir, a efectos del tributo, los vehículos «viejos y contaminantes» en uso diario, de los que los aficionados conservamos y mantenemos para disfrute de las generaciones venideras.

Para ello la normativa de la Federación Internacional de Vehículos Antiguos, de la que FEVA es autoridad nacional, define claramente -y la normativa de la UE así lo recoge- los criterios que debe cumplir un vehículo clásico:

  • Tener más de 30 años.
  • No utilizarse de forma habitual.
  • Conservarse en buen estado y de forma original a su época (no necesariamente cómo salió de fábrica).

Y para acreditarlo existe ya un documento oficial de la FIVA, denominado Tarjeta de Identidad que podría certificar estos extremos, de cuya adaptación podría conseguirse un documento que otorgue un trato favorable para estos vehículos respecto al impuesto.

Desde FEVA consideramos que la negociación y el diálogo con la Administración puede y debe ser el más productivo y eficaz canal. Y confiamos en que la Generalitat aún enmiende este atropello para lo que confiamos en mantener abiertas las líneas fiables de comunicación y diálogo. En cualquier caso debe quedar patente que la Junta Directiva de FEVA está dispuesta a recurrir a cualquier medio legal en la defensa del Patrimonio de Automoción y de los aficionados.

Fuente: FEVA

Fotografías: FEVA

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