HORTACLASSICS

  • EL LABORATORIO LEVANTE CLASSICS RESUME LOS CAMBIOS QUE SE PRODUCIRÁN EN LA REGLAMENTACIÓN RELATIVA A LA CATALOGACIÓN Y MATRICULACIÓN DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS
  • LOS MISMOS AFECTAN A LA PERIODICIDAD DE LAS ITV, EDAD MÍNIMA PARA CATALOGAR UN VEHÍCULO, REFORMAS Y PLAZAS AUTORIZADAS

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Valencia, 21 de noviembre de 2016.- El pasado día 16 de noviembre se celebró una reunión entre representantes de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana y de los diferentes laboratorios acreditados en la Comunidad Valenciana para participar en el procedimiento de catalogación y matriculación de vehículos históricos. El objetivo de la misma era analizar el impacto que tendrá la futurua modificación de la normativa reguladora de esta materia.

Ente los asistentes a esta reunión estuvo Emilio Iribarren, titular de  Levante Classics , entidad acreditada como Laboratorio Oficial para la Catalogación de Vehículos Históricos en varias comunidades de España, quienes nos informa del cambio de normativa que, con total seguridad, se producirá dentro de unos meses y por el que se verán afectados todos los usuarios de vehículos históricos, incluidos aquellos que ya hayan catalogado su vehículo.

Tal y como explica Iribarren en diferentes foros y redes sociales “hace ya un tiempo que informalmente se viene comentando el tema. Oíamos hablar de que se pretendía renovar el Real Decreto 1247/1995, por el que aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos con ciertos cambios significativos, pero nunca se puso nada en firme. Pues bien, nos han convocado en varias comunidades para informarnos y poner en común la nueva normativa. Todo hace pensar que saldrá antes de junio del 2017 y que entrará en vigor al año siguiente, es decir, mayo-junio de 2018. Así mismo se nos informó de un acuerdo de mínimos sobre los que se pretende unificar el criterio para las inspecciones de ITV que deberán cumplir nuestros vehículos antes y después de la catalogación de históricos en todo el país”.

Las modificaciones más importantes que,  presumiblemente, se llevarán a cabo son las siguientes:

EDAD MÍNIMA PARA CATALOGAR UN VEHÍCULO COMO HISTÓRICO

En primer lugar, vía Real Decreto, la edad mínima de un vehículo para catalogarse como histórico (si es que se propone su catalogación por antigüedad y no por otros motivos) pasa a ser de 30 años, en lugar de los 25 actuales.

PERIODICIDAD EN LAS INSPECCIONES

Además la periodicidad en las inspecciones quedará de la siguiente manera:

  • Hasta 40 años: Inspección cada 2 años.
  • De 40 a 46 años: Inspección cada 3 años.
  • + de 46 años: Inspección cada 4 años.

Esto será aplicable a cualquier clase de vehículo (incluidas motos y ciclomotores) y se prevé que se aplique también a los vehículos ya catalogados, suprimiendo las periodicidades asignadas con anterioridad, aunque esto creemos los Laboratorios que es fácilmente recurrible.

UNIFICACIÓN DE CRITERIOS EN TODAS LAS CC.AA.

Iribarren también nos explica que “nos comentaron que para unificar criterios entre todas las Comunidades Autónomas, se estaba trabajando en un documento que se incluirá dentro del manual de ITV en el que se recogen los métodos y exenciones durante las inspecciones de ITV”.

REFORMAS

Ningún vehículo histórico podrá legalizar modificaciones posteriores a la catalogación (hay algunas excepciones, como el caso de los neumáticos). Y los vehículos que presenten reformas legalizadas en ficha ITV han de estar anotadas al menos antes de 30 años, pues de lo contrario o se lleva a originalidad el vehículo o tampoco podrán ser catalogados como históricos.

Como matiza Emilio, “sí que es verdad que se habló de que en el caso de ciertas ‘modificaciones’ que determinados vehículos montaban de origen habría manga ancha siempre y cuando el laboratorio que tramite el expediente haga la justificación oportuna, un ejemplo de esto sería los dispositivos de enganche para remolque en Jeep, Land Rover, etc…”

PLAZAS AUTORIZADAS

Quedarán prohibidas las plazas en sentido transversal a la marcha, por lo que los todoterreno tipo Land Rover, Jeep,  etc, no las tendrán que desmontar pero quedará prohibido su uso. En autocares se limitan a 5 plazas y en autocaravanas a TAN SOLO 2. Se anotarán las plaza que estén reflejadas en la tarjeta de ITV antes de catalogar, salvo en los Citroën Mehari, ya que existe un certificado del fabricante en el que asegura la legalidad de las 4 plazas.

ENTRADA EN VIGOR

Este documento entrará en vigor en el momento lo firmen todas y cada una de las Comunidades Autónomas, por lo que el que esté interesado en catalogar como VH un vehículo suyo lo ha de hacer cuanto antes,  porque se está barajando que se podría firmar antes de la publicación de la nueva normativa.

Emilio Iribarren concluye diciendo “No obstante, todo esto está sujeto a posibles cambios, ya que las distintas Consejerías de Industria han de reunir a los Laboratorios para comentar los cambios sugeridos y corregir lo que se acuerde”.

Fuente: Levante Classics

Fotografías: Levante Clássics y Archivo Clásicos al Volante

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