THE GARAGE

  • EL PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA DE VALENCIA SERÁ ENTRE LOS DÁIS 1 DE SEPTIEMBRE Y 30 DE OCTUBRE
  • LOS VEHÍCULOS HISTÓRICOS, MATRICULADOS COMO TALES, DISPONEN DE UNA BONIFICACIÓN DE ENTRE EL 50 Y EL 100% SEGÚN SU ANTIGÜEDAD

Valencia, 22 de agosto de 2014.- Dentro de unos días, los propietarios de vehículos clásicos e históricos empadronados en el Ayuntamiento de Valencia recibirán la notificación recordándoles que entre septiembre y octubre se efectuará la recaudación voluntaria del impuesto que grava la propiedad de vehículos a motor: el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).

El Ayuntamiento de Valencia permite obtener una bonificación en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, cuando se trate de turismo, ciclomotor o motocicleta de antigüedad superior a 50 ó a 25 años.

Por la importancia que tiene este tema, vamos a recordar los principales aspectos relacionados con este impuesto y la bonificación a la que se puede tener derecho.

¿Quién puede solicitar esta bonificación?

Esta bonificación la puede solicitar el titular del vehículo, siempre y cuando cumpla los siguientes requisitos:

Debe tratarse de vehículo histórico o de antigüedad superior a 50 años ó a 25 años y disponer de matrícula histórica con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

Este último es un detalle especialmente importante, pues en ejercicios anteriores se podía solicitar la bonificación acreditando solamente que el vehículo cumplía el requisito de la antigüedad; es decir, no se requería que estuviera matriculado como histórico.

¿Cuándo deberá solicitarse esta exención?

Hay que diferenciar dos supuestos: que se trate de vehículos ya matriculados, o vehículos de nueva matriculación.

Vehículos ya matriculados

En caso de vehículos ya matriculados, deberá solicitarse antes del 31 de diciembre del ejercicio en que el vehículo alcance la antigüedad requerida, para que la bonificación tenga efectos en el ejercicio inmediatamente siguiente.

¿Qué ocurriría si se hiciera con posterioridad?

De hacerlo con posterioridad, tendrá efectos en el ejercicio siguiente a su solicitud.

Vehículos de nueva matriculación

En caso de vehículos de nueva matriculación, deberá solicitarse en el plazo de un mes desde la matriculación.

¿Qué documentación se deberá presentar?

Para realizar el trámite, de manera  presencial o por vía telemática habrá que presentar la siguiente documentación:

En las Oficinas de Gestión Tributaria Integral

  • Documento de identidad.
  • En caso de representante legal o autorizado, la escritura de poderes o autorización firmada por autorizante y autorizado, la copia del documento de identidad del obligado al pago y el documento de identidad y domicilio de comunicación del representante o autorizado.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Autoliquidación.
  • Nº de cuenta de entidad bancaria, en el supuesto de proceder la devolución del importe del Impuesto.
  • Tarjeta ITV en vigor que consta del Registro de las inspecciones periódicas así como de la Ficha Técnica del vehículo (certificado de características del vehículo en el que se acredita que este corresponde a un tipo homologado o que ha pasado inspección técnica unitaria) u otro documento que acredite su antigüedad.

En caso de presentación de la solicitud en un Registro Municipal

Se requiere instancia general acompañada de originales y fotocopias de la documentación detallada en el apartado de presentación en las Oficinas de Gestión Tributaria Integral.

Actuaciones a realizar por el solicitante

Una de las siguientes:

  • Solicitud formulada presencialmente en cualquier Oficina de Gestión Tributaria Integral.
  • Solicitud del interesado presentada mediante instancia en los Registros Municipales.
  • Información Complementaria.

¿Cuál será el importe de la bonificación?

La bonificación será del 100%, en caso de antigüedad superior a 50 años, y del 50% en caso de antigüedad superior a 25 años.

¿Cuándo surtirá efecto?

La bonificación surtirá efectos a partir del ejercicio siguiente al año en que el vehículo alcance la antigüedad requerida

La concesión de esta bonificación queda condicionada a estar al corriente en el pago de todos los tributos municipales. El incumplimiento posterior de dicha condición dará lugar a la pérdida de la bonificación.

Recursos

Contra el acuerdo o resolución que resuelva sobre esta solicitud, el interesado podrá presentar los siguientes recursos:

  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes).
  • Recurso Económico-Administrativo.

¿Qué normativa regula esta materia en Valencia?

  • Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
  • Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.
  • Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

¿Dónde dirigirse para realizar los trámites?

Se puede realizar la gestión directamente en cualquiera de las Oficinas de Gestión Tributaria Integral del Ayuntamiento de Valencia.

Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a ayuntamientovalencia_gti@valencia.es.

Oficinas de información

OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL – AVDA. TRES CRUCES

Av. Tres Cruces, 67

Telefono: 96.352.54.78 – Exts: 1983,1978, 1979, 1988

De 8,30 a 14,00 de lunes a viernes.

ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL – TABACALERA

Amadeo de Saboya, 11

Telefono: 96.352.54.78 – Exts: 1997, 1987, 1996, 1986.

De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes.

ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL – CENTRAL

C / Arzobispo Mayoral, 1

Telefono: 96.389.50.79 Ext:7279.

De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.

ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

Oficinas para presentar

JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS

C/. Alberique, 18

Telefono: 96.352.54.78

Fax: 96.352.66.91

De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA

C/ Miguelete, 1

Telefono: 96.352.54.78

Fax: 96.352.65.66

De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN

C/. Guardia Civil, 19

Telefono: 96.352.54.78

Fax: 96.360.17.36

De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO

C/ Francisco Cubells, 58

Telefono: 96.352.54.78

Fax: 96.352.27.48

De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX

C/. Beato Nicolás Factor, 1

Telefono: 96.352.54.78

Fax: 96.353.99.07

De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA

C/ Matías Perelló, 7

Telefono: 96.352.54.78

Fax: 96.352.65.22

De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS

C/ Conde Lumiares, 5

Telefono: 96.352.54.78

Fax: 96.353.99.16

De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.

REGISTRO GENERAL DE ENTRADA – PL. AYUNTAMIENTO

Pl. Ayuntamiento, 1 planta baja.

Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046

De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes De 9 – 13 sábados.

REGISTRO GENERAL DE ENTRADA – TABACALERA

Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste.

Telefono: 96.352.54.78 – ext: 2036

De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes.

ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR

C/ Caudete, 15

Telefono: 96.162.00.66

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER

Av. de los Pinares, 1

Telefono: 96.183.02.95

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG

C/ Ferrer y Bigné, 47

Telefono: 96.363.52.49

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI

Pl. Dr. Ximeno, 1

Telefono: 96.348.67.47

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ

Pl. Moreral, 8

Telefono: 96.390.17.47

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA

C/ Apóstol San Pedro, 21

Telefono: 96.185.71.94

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS

C/ Cura Bau, 10-12

Telefono: 96.139.41.49

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET

Av. de las Gaviotas s/n

Telefono: 96.177.78.89

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO

C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)

Telefono: 96.376.09.36

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA

C/ Jesús Morante Borrás, 176

Telefono: 96.367.36.58

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas

ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE

C/ Benidoleig s/n

Telefono: 96.396.33.17

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO

Carrera del Riu, 263

Telefono: 96.324.89.64

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU

Camino de Moncada, 205

Telefono: 96.366.66.89

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA

Carretera de Barcelona, 108

Telefono: 96.185.42.05

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.

ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL

C/ Comandante Franco esquina con C/ Escultor Federico Siurana

Telefono: 96.344.76.47

Fax: 96.336.23.75

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.

Más información:

https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/WEB_ASSET_CRG_0169

www.dgt.es

Texto y fotografías: Redacción

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