- EN ESTE ENLACE SE PUBLICAN LOS TRAMOS DE VÍAS EN LOS QUE SE INTENSIFICARÁ LA VIGILANCIA DE LA VELOCIDAD CON RADARES MÓVILES
- ESTOS TRAMOS HAN SIDO IDENTIFICADOS EN FUNCIÓN DE SU PELIGROSIDAD, POR EL NÚMERO Y GRAVEDAD DE ACCIDENTES QUE SE HAYAN PRODUCIDO Y POR LA VELOCIDAD MEDIA DETECTADA
03 de julio de 2015.- La DGT publica la ubicación de los tramos de carreteras secundarias con especial peligrosidad en los que se intensificará la vigilancia.
La Dirección General de Tráfico ha identificado 1.500 tramos de vías interurbanas, todos ellos en carreteras secundarias, de especial peligrosidad. La ubicación de estos tramos se hace pública para general conocimiento de los conductores, de forma que cuando transiten por ellos extremen las medidas de precaución y sobre todo cumplan con los límites de velocidad establecidos en cada uno de ellos.
La velocidad es uno de los componentes fundamentales que determina la mayor o menor incidencia en la siniestralidad vial, la gravedad y el grado de lesión de las víctimas en caso de accidente, de ahí la importancia de controlar de forma efectiva la velocidad a la que se circula, sobre todo en las vías convencionales, donde el año pasado se registraron ocho de cada diez fallecidos. Cerca de 900 personas fallecieron el año pasado en este tipo de vías (datos provisionales a 24 horas).
Por este motivo, Tráfico está centrando su actuación en este tipo de carreteras con medidas tales como la intensificación de la vigilancia mediante radares móviles o el Plan Integral de Vigilancia que se puso en marcha en diciembre del pasado año y que tan buenos resultados arrojó.
Siguiendo con la política de transparencia en la gestión de la velocidad, cuyo objetivo final es que los conductores respeten los límites establecidos, la DGT publica ahora en www.dgt.es los 1.500 tramos de vías en los que temporalmente se intensificará la vigilancia con radares móviles. La selección de tramos se seguirá realizando periódicamente. Esta información la podrán consultar todos los conductores, así como los proveedores de navegadores que podrán dirigirse a la web para incluir en sus aplicaciones dichos tramos, de modo que se sume a la ya publicada sobre la ubicación de los radares fijos que tiene la DGT.
Los criterios para la identificación de estos tramos por su peligrosidad y de ubicación de los radares móviles, son el resultado de analizar el número de accidentes graves, con víctimas mortales o heridos que necesitaron hospitalización; el número de accidentes en general y la información de la velocidad media de circulación en esos tramos.
Además, los radares móviles, como ya se anunció, serán visibles para los conductores, de modo que su presencia sirva como medida de disuasión y prevención. La finalidad que se busca a través de la vigilancia y control de la velocidad es que los conductores respeten los límites de velocidad establecidos en general, y en particular en aquellos tramos identificados como potencialmente más peligrosos.
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, salvaguardando la seguridad de sus agentes, situarán los radares móviles en lugares visibles para los conductores, y que esa presencia en las carreteras sirva como medida de disuasión y prevención. La denuncia no es, en ningún caso, el objetivo final.
TOLERANCIA 7
Los límites de velocidad son los fijados en la señalización por lo que deben cumplirse estrictamente, pero como recordatorio, a continuación, se detallan los márgenes de tolerancia, a partir de los cuales el radar denunciará según los límites establecidos en cada tramo, de modo que independientemente de la zona geográfica DGT por la que se circule, el conductor sepa a partir de qué velocidad puede ser denunciado.
Los límites de velocidad genéricos en vías convencionales, es decir, aquellas que solo disponen de un carril por sentido sin separación física entre ellos, es de 100 km/h si existe un arcén de al menos 1´5 metros y de 90 km/h si el arcén es más reducido (para furgonetas el límite es de 90 km/h y 80 km/h y para camiones y furgones el límite es 80 km/h y 70 km/h respectivamente).
Así, las unidades denunciantes aplican en todos los radares la siguiente tabla para la formulación de denuncias:
Limitación de velocidad (genérica o específica) | 30 | 40 | 50 | 60 | 70 | 80 | 90 | 100 | 110 | 120 |
Velocidad de activación del cinemómetro | 38 | 48 | 58 | 68 | 78 | 88 | 98 | 109 | 120 | 131 |
Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil dedicarán, como norma general, el 80% del tiempo de sus jornadas a tareas en carreteras convencionales.
Texto y fotografía: DGT